¿A la cárcel por difundir imágenes de un desahucio?

qsbJet% - ¿A la cárcel por difundir imágenes de un desahucio?Más que una sola ley, impuesta bajo el eufemístico nombre de “Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana“, la vulgarmente conocida como “Ley Mordaza“, parece preparada para hacer honor a su sobrenombre.

Además de las numerosas multas y condenas impuestas concretamente bajo el paraguas de dicha ley –recientemente reforzada por el Tribunal Constitucional– continúan acumulándose las sentencias de diversos juzgados que se orientan en esta dirección;  el último caso conocido que corrobora esta tendencia se ha producido a raíz del desahucio efectuado  el  26 de marzo de 2019 en el Barrio del Alamín, ubicado en Guadalajara.

Según explican desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de esta localidad, “una Comisión Judicial acudió, rodeada de agentes de la policía local y nacional de Guadalajara, a desalojar una vivienda en ruinas propiedad de la Sociedad de San Vicente de Paúl, en la que vivían una pareja de jóvenes de 17 y 19 años, y un bebé de pocos meses.  El desahucio se hizo por sorpresa, y apenas dieron tiempo a la familia a retirar sus pocos enseres. Varios vecinos y activistas de la PAH, sorprendidos por la acción, comenzaron a protestar desde las ventanas y a fotografiar lo que estaba ocurriendo“.

La respuesta de la Administración” – denuncian desde la Plataforma – “ha sido contundente: el delito no es dejar a una familia en la calle, el delito es señalar a los responsables. La Fiscalía Provincial de Guadalajara solicita para Diego Catriel, uno de los activistas de ese barrio, una pena de cuatro años y medio de prisión por fotografiar y difundir las imágenes de los agentes judiciales. En una decisión insólita y que trascendió a la prensa nacional como un acto de descarada censura, el Juzgado de Instrucción nº1 de Guadalajara ordenó a Twitter borrar una de las fotografías obtenidas en aquel desahucio y prohibió a la PAH, con carácter general, tomar fotografías de desahucios donde intervengan los agentes judiciales. Asimismo, requirió a la red social el listado de activistas que hacían uso de la cuenta de la PAH de Guadalajara“.

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca denuncia que ésta es la respuesta de la Administración cuando se denuncia un acto de barbarie, como es el dejar a una familia con un bebé en la calle y advierten que “ésta limitación y reducción del espacio para denunciar e informar de los abusos que practica al Estado representa una de las amenazas más graves para la defensa del derecho a la información, y también a la protesta. Aplicar el tipo penal de la llamada ‘revelación de secretos’ a cualquier abuso que las personas puedan documentar y difundir abre la puerta a que esos abusos se generalicen, como está sucediendo“.

La Plataforma recuerda, asimismo, que “el aumento de los procesamientos en virtud del artículo 197 del Código Penal se produce en un contexto en el que el marco para señalar a los responsables de los abusos es cada vez más estrecho. El contexto de crisis económica que partió en 2008 y que se viene agudizando especialmente desde 2018, lleva aparejado un incremento de la acción estatal orientada a prevenir movimientos sociales y estados de opinión contrarios a las medidas que hay puestas en marcha“.


Fuente: https://canarias-semanal.org/   –  https://is.gd/7wwR9p

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3 comentarios

  1. El art. 36.23 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (LOPSC) tipifica como infracción grave:

    «El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información».

    Para dejar esto claro, la Secretaría de Estado de Seguridad, en la Instrucción 13/2018, de 17 de octubre, ha exigido dos condiciones para que unos hechos sean constitutivos de la infracción tipificada en el art. 36.23 LOPSC:

    Que se haga uso de las imágenes (o datos personales o profesionales) de los agentes.
    Que ese uso ponga en peligro la seguridad personal de los agentes o de sus familias, de las instalaciones protegidas o el éxito de una operación.

    Y todo lo anterior a pesar de que el derecho fundamental a la propia imagen no impide «Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público», en virtud del art. 8.2 a) de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

    Es decir, se pueden tomar imagenes, denunciar donde haya que denunciar, pero no utilizarlas públicamente para presionar a funcionarios en el ejercicio de sus funciones, lo que no sólo es lógico, sino deseable en una democracia. Es una manera de tratar de amedrentar a quienes realizan su trabajo. No deja de ser curioso que todo el mundo tenga derechos en este país menos los funcionarios públicos. Siempre son las mismas plataforman quienes utilizan estas artimañas. Si un funcionario se excede, denuncia + imágenes, pero lo de utilizarlas para escarnio pública no es aceptable.

    • 100% DE ACUERDO.
      Como a los niños hay que taparles o pixelar sus caras .. son personas en acto de servicio ya solo faltaba sacar imágenes de soldados españoles atacando o respondiendo a un ataque con coste de vidas humanas, o a jueces dictando sentencias que nos parecen injustas pero están aplicando la ley, o a inspectores de hacienda o trabajo realizando el trabajo por el que les pagan …
      Eso si … estoy de acuerdo que en lugares donde se puedan cometer excesos o incumplir los funcionarios públicos la legislación o normativa vigente hayan cámaras cuyas imágenes las pueda solicitar quien lo desee por justa causa o legal causa.
      Por ejemplo cámaras en una planta de funcionarios , en comisarías, una go.pro en un casco en manifestaciones, deshaucios, operativos, en el vehículo … etc … pero esto no para bien de los ciudadanos sino también para bien de los funcionarios ..

  2. A nadie lo desahucian por sorpresa, imposible, esa familia sabía desde hace tiempo que no podía estar ahí y se quedaron hasta que vinieron a echarlos , no me gusta que la gente use la pena para atacar que se aplique la ley, que vaya a pedir explicaciones a Asuntos Sociales a ver porque esa familia no tenía una solución habitacional, no a los juzgados donde se administra la justicia que los políticos legislan.
    Toca legislar que a nadie le pase como a esa familia y no hace falta tanto dinero, ni expropiar a nadie su vivienda , basta con utilizar lo que tenemos y fabricar viviendas comunitarias temporales para que la gente tenga donde vivir en un momento crítico de su vida sin tener que okupar la propiedad de nadie.

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