Hace unos meses me quedé sorprendida al descubrir que la sección de alimentación infantil de cierta empresa había sacado un nuevo producto y que, en la información que ofrecían sobre el éste en su web, indicaban estaba recomendado para bebés a partir de 4 meses –la OMS y la AEPED recomiendan lactancia materna exclusiva hasta los 6 meses– y que la lista de ingredientes principales incluía azúcar y grasa de palma –nunca, jamas, se debería añadir azúcar o endulzantes a comida de niños menores de un año, y después de esa edad en contadísimas ocasiones y como algo excepcional– … ante la pregunta a dicha empresa de porqué se incluían tales compuestos, su respuesta fue «curiosa«…
«Lo vendemos porque es legal«, y punto… pero es que legal no es sinónimo de sano, de óptimo, de recomendado, de nutricionalmente aceptable… «legal» sólo es «legal»… y si, vender azúcar es legal… vender grasa de palma es legal… pero ante dicha respuesta cualquiera pensaria que dicha empresa de alimentación cuenta con más abogados que nutricionistas ¿no?, porque si una empresa de productos infantiles elige sus ingredientes en función de la legalidad y no en función de la adecuidad o de la salubridad, o de cumplir las recomendaciones nutricionales más básicas, es para ir tomando nota