El Bitcoin –para aquellos que a estas alturas no lo sepan todavia– es una moneda virtual «descentralizada de marcos regulatorios» creada en 2009 y generada mediante cálculo informático; ésta moneda puede ser generada por cualquiera con un ordenador pero al ser una moneda finita, cada vez es más complicado y obliga a usuarios a unirse en grupos –pools de minado– en los que se suman cálculos y aceleran la generación de éste dinero. En realidad, cualquiera en su casa pueda empezar a minar Bitcoin de una forma muy simple, tan solo descargando y ejecutando el programa de minado correspondiente al pool en el que queramos participar, sin embargo, aunque esto sea posible y relativamente facil, no significa que estemos libres de obligaciones fiscales.
Las principales operaciones con Bitcoin reguladas por Hacienda eran hacia los propietarios de cajeros bitcoins y las personas que vendieran o cambiaran bitcoins por otras monedas de curso legal, en los que todos debían declarar IVA –consultas vinculantes de la AEAT en 2015 números V1028, V1029 y V2846 respectivamente– pero éste año tenemos la novedad de la consulta vinculante V3625-16 en la que Hacienda incluye obligaciones para todos aquellos que se dediquen al minado y obtengan una comisión o un número cualquier de Bitcoins, lo cual debe llevar su correspondiente IVA asignado y declarado, debiendo estar registrados bajo el epígrafe de “Otros servicios financieros N.C.O.P.“ –bajo el número 831.9 de la sección primera de tarifas– y además –aquí viene lo cachondo– como con cualquier otra actividad fiscal nos obliga a estar dado de alta en la Seguridad Social y pagar la correspondiente cuota, con la salvedad de que no tendremos derechos de deducción de IVA soportado –es decir, que pagamos IVA pero no podemos desgravar IVA de la compra de equipos o de consumo eléctrico-.
Aunque los más avispados pensemos que AEAT y la SS no van a llevar a cabo auditorías a nosotros como mineros de bitcoins, el riesgo existe, porque cada Bitcoin lleva una firma digital asociada al minero que lo ha generado por lo que, técnicamente hablando, es hasta posible identificar al creador y rastrear sus movimientos para saber si ese Bitcoin, considerado “bien patrimonial” ante Hacienda, ha sido correctamente declarado. Visto en adslzone basada en información técnica del bufete abanlex