Pues si, es posible, de hecho hace poco una magistrada del Juzgado Contencioso número 8 de Barcelona ha estimado el recurso presentado por una conductora tras recibir una sanción administrativa de 60 euros del Ayuntamiento de Barcelona por un aparcamiento indebido en una zona de «solo carga y descarga«.
El recurso se basa en un punto clave: la señalización estaba únicamente en catalán, obviando la señalización en castellano que obliga la ley de Tráfico, en concreto su artículo 56, que expone que “las indicaciones escritas de las señales se expresarán, al menos, en la lengua española oficial del Estado”. Este simple artículo, de apenas una frase, puede ser motivo más que suficiente para que un recurso presentado en contra de una sanción de tráfico pueda prosperar –como así ha sido– pese a que el Ayuntamiento de Barcelona argumentó que la señal estaba complementada por pictogramas y líneas de fácil comprensión, alegando la conductora que no entendió en ningún momento lo que la señal quería decir por no estar escrita en castellano.
La sentencia es firme y sin posibilidad de recurso ¿sentará esta sentencia jurisprudencia para casos similares en el futuro? –en mi caso al menos, creo que es bueno tenerlo en cuenta de cara a hacer turismo por ciertas zonas de España en breve– … fuente: lasexta
Al loro con la señal de Stop (por hacer un chiste fácil)