Vivimos en un mundo laboral siempre conectado. Hoy en día todos estamos fácilmente localizables, basta un mensaje para que mientras estás cenando con tu familia, tu cabeza vuelva a estar de nuevo en la empresa en la que trabajas. Esto precisamente es lo que se quiere evitar con el derecho a la desconexión digital de la LOPDGDD.
La nueva ley aprobada, que supone la adaptación de la LOPD al RGPD europeo, aprovecha la oportunidad para regular algunos aspectos del trabajo del siglo XXI, donde estar de vacaciones no implica dejar de trabajar o de pensar en el trabajo. La desconexión digital es uno de ellos. Con esta ley se expone el derecho de los trabajadores a no recibir comunicaciones –mensajes y correos electrónicos en su mayor parte– para garantizar el tiempo de descanso y vacaciones.
La cuestión es que se reconoce como un derecho pero no se regula en el artículo 88 de la LOPDGDD. Se debe respetar el tiempo de descanso para prevenir lo que viene a llamarse fatiga informática, la intimidad personal y familiar. Pero a la hora de ejecutar como debe respetarse se deja en manos de la negociación colectiva. Servidora cree que el fondo del asunto es que el problema será el de siempre: si no coges el teléfono cuando estés de vacaciones, hay cien en el paro dispuestos a hacerlo.
Fuente y articulo completo: pymesyautonomos.com – https://is.gd/GLoqz6