El juzgado de lo penal nº25 lo condena por calumnias a pagar la multa de 4.320 euros PERO lo absuelve de acusar públicamente al CNI de perseguirlo y/o vigilarlo y/o espiarlo ilegalmente.
Desde luego eso es como decirle al pequeño Nicolás ahora usted puede denunciar al CNI por perseguirlo y/o vigilarlo y/o espiarlo ilegalmente, si alguno de vosotros es abogado y se presenta el pequeño Nicolás en vuestro despacho ¿que haríais?
a. Mira te la van a desestimar.
b. Mira te la van a tramitar pero vas a perder seguro porque la misión del CNI es la que es y están amparados por la ley.
c. Mira la vamos a ganar si te absolvió un juez es que tenía razones para entender la injuria realizada como denuncia pública de un acto de legalidad cuestionable.