Ayer conocimos el posicionamiento del Abogado General de Europa en relación con el IRPH, declarándolo abusivo por incomprensible y falto de transparencia. Ello, pese a la vergonzosa actuación en el proceso de la Abogada del Estado español, que, cumpliendo órdenes del Gobierno suponemos, avaló a la banca ¡cómo no!, y más que eso, pidió al Tribunal que, en caso de considerarlo abusivo, no establezca retroactividad para los bancos, no sea que tengan que devolver a la gente los miles de millones estafados. No obstante, tendremos que esperar a la sentencia definitiva, que conoceremos en el primer trimestre de 2020.
Hoy el Tribunal Supremo de España ha vuelto, como nos tiene acostumbrados, a dar trato de favor a la banca con la sentencia sobre los efectos de la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, sentencia dictada, como siempre, desde la lógica del prestamista. La sentencia considera que lo que está en peligro es el negocio de los prestamistas, en éste caso los bancos, que sin ejecución hipotecaria no darían préstamos. Sigue la estela de la Ley de Créditos Inmobiliarios, aprobada este año, a la que se remite constantemente.
En menos de 24hs hemos vivido la noticia de un nuevo varapalo a la banca y la de un nuevo favor a sus intereses. ¿La diferencia? que la primera viene de Europa y la segunda de la justicia española. Desde la PAH manifestamos nuestro absoluto rechazo a la sentencia sobre el vencimiento anticipado y nos preguntamos, una vez más, de que lado está el Tribunal Supremo español, si de la justicia que supuestamente deben defender o de la banca.
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